Cada vez es mayor el número de mujeres solas que, por distintos motivos, eligen esta opción para ver realizado su deseo de ser madres.
En nuestro país, la anterior Ley 35/1988 ya permitía estos tratamientos a toda mujer indicando en su Exposición de Motivos que “...desde el respeto a los derechos de la mujer a fundar su propia familia en los términos que establecen los acuerdos y pactos internacionales garantes de la igualdad de la mujer, la Ley debe eliminar cualquier límite que socave su voluntad de procrear y constituir la forma de familia que considere libre y responsablemente”.
En el artículo 6 de la vigente Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida se indica que: “Toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en esta Ley, siempre que haya prestado su consentimiento escrito a su utilización de manera libre, consciente y expresa.
La mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual.”
En las
Clínicas IVI españolas realizamos desde el principio tratamientos de reproducción asistida a mujeres sin pareja o mujeres homosexuales, para ayudarles en su propósito de tener un hijo.
Nuestro objetivo es que el primer contacto con el tratamiento sea lo más natural y sencillo posible. En primer lugar se concierta una entrevista con el médico ginecólogo que será responsable de su tratamiento, determinando entonces el procedimiento más adecuado para su caso. Las opciones de tratamiento son principalmente la
inseminación intrauterina con semen de donante (IAD) o la
fecundación in Vitro (FIV), siendo también posible en este último caso el recurso a la doble donación de
gametos masculinos y femeninos o la transferencia de preembriones donados por otras parejas. La selección de los gametos más adecuados la realiza el equipo médico buscando la mayor similitud fenotípica e inmunológica con la receptora.
El tratamiento más frecuentemente aplicado a mujeres sin pareja –o sin pareja masculina- es la IAD. La probabilidad de quedar embarazada con esta técnica es exactamente la misma que en una relación sexual con pareja siempre y cuando esta opción de tratamiento se considere dentro de la edad fértil de la mujer.
El resto de tratamientos se aplicarían sucesivamente si no se lograra embarazo y la paciente quisiera cumplir sus deseos de maternidad o en el caso de que esté desaconsejada clínicamente la IAD.